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Amour courtois

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Drutz et "midons"
"...Entonces me verás...y mi muerte, más elocuente que yo, te dirá qué es lo que se ama cuando se ama a un hombre..." (Pedro Abelardo a Eloísa)

martes, 1 de marzo de 2011

El vino y la viña en Nájera (siglos X-XIII)

La documentación medieval riojana es prodiga en referencias a la vid y el vino. En el caso concreto de Nájera las noticias relacionadas con el cultivo de la vid y la elaboración y comercio del vino aparecen desde muy pronto en gran número de diplomas medievales.  Valga como ejemplo el contenido de algunos de ellos entresacados de la documentación, anterior al siglo XIII, publicada hasta la fecha.
LAS VIÑAS
        Los cartularios de San Millán y Valvanera contienen numerosas alusiones a las viñas que los dos antiguos monasterios riojanos tenían en Nájera.
      En 1024, en una lista de las heredades  que San Millán tenía en Nájera, el monasterio, aparece como propietario de diecinueve viñas y un majuelo. Entre otras se mencionan viñas en San Julián y una viña que llaman de Oblatione que era, seguramente, una viña cuyo fruto estaba destinado a hacer el vino que se empleaba en el Sacrificio de la Misa. Esta viña aparece nuevamente, en 1079, en la venta de una tierra, en Nájera, que está, dice la escritura, “al lado de la vña de la oblación ( es decir: ofrenda y sacrificio que se hace  a Dios (de) San Millán”. 
      San Millán ponía empeño en el cuidado y amejoramiento de sus viñas en Nájera y, en su caso, en la creación de otras nuevas. Así, en 1036, encontramos otra escritura en la que Gomesano, abad de San Millán, aconsejado por el rey García y el Obispo Sancho, cambia al abad Muño y la congregación de Santa Coloma una viña suya, llamada la viña del Cerezo, “cultivada y fructífera”, y acepta de Santa Coloma otra “inculta y desierta” y  “que estaba junto a nosotros y se metía en nuestra viña de San Julián, a lado de la carretera que de Tricio lleva a Nájera”. Son testigos de este cambio, además del rey el obispo y otros nobles, señores y clérigos, “omne Nagerense concilio”.
      Este mismo año de 1036  vemos, en otro diploma, como el cenobio de San Millán intenta aumentar el numero de sus viñas entregando a Lope de Nájera un campo “para hacer una viña a medias en el lugar que llaman junto al camino de Tricio, delante de San Julián” afirmando “Y después (de que este hecha) te demos tu mitad...”. 
      En ese mismo sentido el abad y los frailes de  la congregación de Santa María la Real, que afirman tener  “poquisimas viñas y superabundancia de campos”, movidos por el interés de poseer mas viñas llegan, en 1081, a un acuerdo con los “hermanos” de Santa María de Valvanera que se concreta así: “les damos una tierra junto a Villanueva, en el lugar que llaman Fascias, (...)  de modo que nos planten una viña como la suya en el valle de Cambras; y después de que esta viña se haya plantado y creado, pase a nosotros íntegramente, y sea suya esa tierra libre y exenta por todos los siglos, sin que nadie se lo impida”. Y se dice mas tarde en la misma escritura: “Y yo Pedro prior de Valvanera, dí 80 sueldos a Sancho Navarro, presbítero, para crear aquella viña hasta que les plazca a aquellos de Santa María de Nájera; y ellos aquella viña y los de Valvanera aquella serna tengamos cambiadas por los siglos de los siglos”.
      Parece ser que, después de todo, en 1085, transcurridos los cuatro años que se tardaba en hacer una viña, los de Valvanera no habían cumplido su compromiso y  Don Marcelino, prior, y toda la congregación de Santa María Najerense  dicen a los “hermanos”: “de igual modo que nos comprometimos a entregaros a vosotros, señores de Valvanera,  una pieza de tierra para que nos hicieseis en otra tierra nuestra la misma cantidad de viña de majuelo, ahora  a cambio de aquel majuelo que debisteis crearnos convenimos entre nosotros que hagáis en nuestra tierra unos molinos en el lugar que llaman Bobadilla; y cuando los molinos estén hechos, nosotros tengamos aquellos molinos y vosotros aquella tierra que esta en Villanueva libre y sin ninguna mala voz”.
      No acabaron aquí los negocios entre Valvanera y Santa María, que seguía teniendo, al parecer necesidad de aumentar la extensión de sus viñas  y,  algunos años mas tarde, entre 1088 y 1116, encontramos una escritura que, como es corta, transcribiré íntegramente, dice así: “ A nosotros los señores de Santa María Najerense, con nuestro prior Remondo, nos plugo hacer un cambio con vosotros, señores de Santa María de Valvanera y su abad Eneco. Nosotros los de Santa María Najerense os dimos una tierra en el lugar llamado Coculare; y vosotros nos disteis una viña en Certun”  
  LOS PARRALES
        En las orillas del Najerilla y de los ríos menores, sobre la glera, se plantaban parrales e incluso es probable que en lo que aparece como la “glera de San Julián” se plantasen agrupados formando lo que en esa época se llamaba un “vinearum”.
      Hemos visto que ya se han mencionado viñas en San Julián sin que esto quiera decir nada en lo referente a su  clase ya que, en esta época, viña, parral y majuelo, en muchas ocasiones, son sinónimos.
      En un documento de 1171 se nos cuenta como Juan Estevanez y su esposa María Roberth, “acuciados por la necesidad” venden “un parral que teníamos en esa glera de Sancto Iuliano” y dice que linda “al este con el río molinar, que va a esos molinos de Sancti Iuliani que son de San Millán, junto a aquel parral del rey. A la parte del oeste (linda con) aquel parral de Petro Paian que fue de García Merino. A la parte del regañón (linda con) la vía que va a Sanctum Iulianum, (y) con aquel parral que fue de Stephano Renalde y de Petro Laveiha.”
      Algunos años mas tarde, en 1186, en un documento de donación de Gomesano Bermúdez a San Millán se nos dice ”Ofrezco (...) mi parral (...) que compre a Pascasio Merino, que esta junto a la vía que va de Nájera a Tricio; de una parte discurre el Najerilla; de la otra el agua que va a los molinos de Sancti Iuliani y corre entre el parral del rey y ese parral.”
      Este tan mencionado parral del rey todavía existía, y era propiedad del rey Alfonso VIII, en el año 1210, que se lo da, para que lo cultiven a medias, a ciertos hombres de Nájera cuyos nombres constan en el documento que menciona al alcalde Don Pardo, a Zachea, judío,  a Alolaphic, su hermano, y a otros nueve vecinos de la ciudad. Entre las numerosas y detalladas condiciones que les impone el rey les dice “y que me deis (...) la mitad del fruto y la otra mitad la tengáis vosotros, pero mi mitad debéis traérmela a Nájera al encargado de mi bodega...”. Les da el agua para que rieguen el parral ( “vinea supradictam” le llama) cuando y como quieran y  además les dice: “Os autorizo a que cojáis, en mi soto de Villazudez, tantos plantones (seguramente  sauces que se asociaban a los parrales como tutores vivos) como sean necesarios para el mencionado parral según lo que estimen los hombres buenos de Najera”.
In dei nomine. Yo johan zapatero vendo a vos Don pedro 
camarero d.s.e. II vinnas en pago de badaran por III. m. 
Et fui pagado de todo el precio con su rex. Alladannos 
de la una (parte), la que comprastes de vuenega fortun. 
De la otra part el sendero que va a la vinna del val. en 
na otra alladannos la que comprastes de los fijos de 
sancho caro. de fruent la de sant Millan de suso. 
fiadores de riedra Johan martín del varrio et sancho 
fijo de domingo martín de la riba. testes mano fechos 
Don domingo el capellan de badaran Don gonçalvo 
de verceo, semel ruvio de villa olquit. Lope el escudero 
del abbad et assensio annado de sem ruvio et domingo 
de çofiori escudero del camarero. e.m.cc.L.IX.
 
EL RIEGO DE LAS VIÑAS
        Uno de los primeros documentos que encontramos nos habla de un asunto que todavía hoy es motivo de polémica: el riego de las viñas.
      En el año 997 en una carta de donación y confirmación  García II Sánchez el Temblón  otorga a San Millán el uso del “agua aquella que viene del valle de Alesón para regar las viñas de San Millán ... que están en Nájera”.
      Mas tarde, en 1076, en la confirmación del Fuero en uno de los artículos se dice: “Y si en tiempo de regar las viñas algún hombre desviara el agua ajena y la enviara a alguno de sus labrantíos, y se le probara, que pague dos sueldos y medio.”
LOS TRUJALES  Y GUARDERIOS
        En el término de Nájera aparecen documentados numerosos trujales antes de que, en 1076, Alfonso VI especifique en la confirmación del Fuero que “El hombre de Nájera en su propiedad haga y edifique molinos, hornos, trujales y lo que quiera...”.
      Estos trujales eran, seguramente, como los llamados “lagares rupestres” que se encuentran todavía en las estribaciones del Toloño y en muchos otros lugares de España o los que  Alonso de Herrera menciona en Roma en el S. XVI.
      En septiembre del año 2001, el que esto escribe, tras una conversación con Juan Luis Pérez y acompañado por Javier Jiménez y Pedro Alonso (todos ellos miembros de la Asociación de Amigos de la Historia Najerillense) tuvo oportunidad de reconocer varios de estos elementos en la zona del Castillo Antiguo y Cerro de Santa Cecilia de Nájera y en los términos de Arenzana de Arriba y Arenzana de Abajo.
      La ventaja de los trujales Najerinos es que están profusa y perfectamente documentados desde el S. XI.
Veamos algunos ejemplos.
      En el documento de 1024, ya mencionado, que habla de las viñas de San Millán en Nájera, aparecen dos trujales, ubicados entre las viñas. El “troiare de Gomis de Zorraquin”  que es, a todas luces, un trujal de propiedad particular al contrario que el “troiare Dezmale”  que seria, seguramente, el trujal en el que se pisaba la uva procedente de los diezmos.
      En un solo documento, datado entre 1052 y 1056, que nos habla de las tierras y viñas que poseía el Monasterio de Santa María de Nájera se mencionan varios trujales situados en pleno campo, entre las viñas y tierras que se quieren identificar, y así encontramos el “torcular regine”, el “torcular alkaldi”, “illa torcularia iudeorum”, “illud torcular Sponda” o “Dos piezas llecas junto a la cabaña del guarda (custolera) de Santa Marina junto a aquel  trujal, entre ambas se encuentran dos viñas”. Aquí  aparece una cabaña de guarderío  y aunque concretamente en Nájera no se encuentran  otras en esta época si aparecen en Azofra, en 1046 y 1082, y  en Tricio, en 1050.
  LAS VIÑAS DEL REY Y LA NORMATIVA VITIVINICOLA
        Como ya hemos visto los reyes primero navarros y luego castellanos tenían intereses vitivinícolas en Nájera. En 1062 en una donación a San Millán de unas casas, bajo la peña, en Nájera se dice que están “junto a la torre y la cueva del rey” y en el documento ya mencionado de 1086 se habla de la bodega del rey.
      Los reyes legislaban, generalmente, a su favor y al de los monasterios a los que querían favorecer.
      En la confirmación del Fuero de Nájera de 1076, de la que ya se ha hablado, tenemos un buen ejemplo de ello en una de las disposiciones que dice: “En el pago en el que las hubiera que las viñas del rey se vendimien primero y después se vendimien las demás. En el pago en el que el rey no tuviere viñas que vendimien las suyas cuando les plazca.”
      Conviene acabar este somero recorrido con una noticia que hace referencia, una vez más, a Nájera, al vino, al rey y en esta ocasión al monasterio de Santa María la Real y al concejo de la villa de Nájera.
Se trata de una carta del rey Alfonso X el Sabio, datada en 1272, que, por su interés, transcribiré en su totalidad.
Dice así: “Don Alfonso, por la gracia de Dios, rey de Castilla (...) al concejo y a los jurados y a los alcaldes de Nájera, salud y gracia. Bien sabéis como os envíe mandar por mi carta abierta que dejaseis al prior y al convento (de Santa María La Real) meter las uvas y el vino de sus casas en vuestra villa y si lo suyo no les abundase que metiesen y de compra. Ahora el prior se me querello que no lo queríais hacer y por esto estoy maravillado de cómo sois osados de hacerlo e ir contra mi carta. Donde os mando que los dejéis (al prior y al Monasterio) meter en vuestra villa las uvas el mosto y el vino de todas sus casas y de todas sus obediencias y lo que quieran vender de ello que lo vendan según usaron en tiempos del rey don Alfonso, mi bisabuelo, y del rey don Fernando, mi padre. Y ninguno sea osado de vedárselo ni de contrariárselo. Pues cualquiera que lo hiciese me pagara de multa cien maravedis.”
(Fernando A. Barrio, www.vallenajerilla.com)

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